Por María Eugenia Carbonara.

 

 

Una de las consultas que más recibo cuando una persona está por alquilar una vivienda es por qué se solicitan determinados requisitos y, especialmente, por qué en algunos casos es necesario presentar más de un recibo de sueldo como garantía.

Es una duda completamente razonable.

Con frecuencia, estos requisitos se perciben como una simple exigencia administrativa, cuando en realidad forman parte del análisis previo de una operación que comprometerá derechos y obligaciones durante uno o dos años.

El objetivo de esta publicación es explicar, de manera sencilla, qué se analiza y por qué.

 

Solvencia y garantía: dos conceptos diferentes

Aunque muchas veces se utilizan como sinónimos, solvencia y garantía no significan lo mismo.

La solvencia hace referencia a la capacidad económica de una persona para afrontar normalmente sus obligaciones. Tiene que ver con sus ingresos, su estabilidad laboral y, en algunos casos, con su patrimonio.

La garantía, en cambio, es el respaldo previsto para el supuesto —siempre excepcional— de que alguna de las obligaciones asumidas en el contrato no llegue a cumplirse.

Por eso, una persona puede tener buenos ingresos y ser solvente, pero ello no implica, por sí solo, que la garantía ofrecida resulte suficiente para una determinada locación.

Lo que se analiza no es únicamente cuánto gana una persona, sino cuál es el respaldo que efectivamente puede ofrecer el conjunto de las garantías presentadas.

 

¿Qué se analiza cuando se presentan recibos de sueldo?

Los recibos de sueldo constituyen una de las formas más habituales de garantía.

Sin embargo, el análisis no consiste únicamente en observar el monto que figura al final del recibo.

 

También suelen considerarse aspectos como:

  • la estabilidad y la antigüedad laboral;

  • la continuidad de la relación de trabajo;

  • la composición del ingreso (conceptos permanentes y variables);

  • la existencia de descuentos relevantes que disminuyan el ingreso disponible;

  • la evaluación conjunta de todos los recibos presentados como parte de la garantía.

  • los antecedentes comerciales de los garantes.

En otras palabras, un recibo de sueldo no se analiza por el monto que informa, sino por el respaldo que realmente puede ofrecer.

 

¿Por qué no alcanza con mirar el monto del sueldo?

Existe un aspecto que muchas veces no se conoce.

La legislación argentina protege el salario por tratarse, en la mayoría de los casos, del principal sustento del trabajador y de su familia.

Por esa razón, el régimen vigente establece límites a la embargabilidad de las remuneraciones.

 

Como regla general, la porción equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil permanece protegida y, sobre el excedente, la normativa fija porcentajes máximos de embargo según cada situación.

 

Un ejemplo ayuda a comprenderlo

Supongamos una remuneración mensual de $2.000.000.

Tomando como referencia un Salario Mínimo, Vital y Móvil de $372.400, esa primera porción se encuentra protegida.

El excedente sería entonces de $1.627.600.

En este supuesto, el límite general de embargabilidad sería de hasta el 20 % de ese excedente.

Es decir, aproximadamente $325.520.

 

Este ejemplo no significa que ese importe vaya a embargarse automáticamente ni que exista un embargo en todos los casos. Su finalidad es únicamente explicar un concepto que suele generar confusión.

 

Lo importante es comprender que un recibo de sueldo de $2.000.000 no implica necesariamente una capacidad de respuesta equivalente a ese monto.

Desde la perspectiva del análisis de una garantía, el respaldo económico potencial puede ser considerablemente menor.

 

¿Por qué, entonces, a veces se solicitan varios recibos?

 

Tiene que ver con evaluar responsablemente el alcance real de la garantía.

Al igual que una entidad financiera analiza la capacidad de pago antes de otorgar un préstamo, en una locación también resulta razonable analizar si las garantías ofrecidas son acordes con el compromiso económico que ambas partes están por asumir.

El propietario entrega el uso y goce de un inmueble durante un plazo prolongado. En muchos casos, ese inmueble representa una inversión muy importante o el resultado del esfuerzo de toda una vida.

Por ello, el análisis procura verificar que el conjunto de las garantías presentadas proporcione un respaldo razonablemente suficiente frente a las obligaciones que podrían derivarse del contrato.

 

No existe una fórmula legal que determine cuántos recibos deben presentarse ni cuánto debe ganar un garante.

 

Cada locación tiene características propias y cada análisis debe realizarse considerando, entre otros aspectos, el valor del alquiler, las expensas, las demás obligaciones asumidas y la capacidad potencial de respuesta del conjunto de las garantías ofrecidas.

 

Comprender también es una forma de proteger derechos.

 

Así como el propietario tiene derecho a contar con garantías adecuadas, quien va a alquilar una vivienda también tiene derecho a comprender por qué se le solicita determinada documentación y qué criterios serán tenidos en cuenta durante el análisis.

Del mismo modo, el inquilino merece recibir un contrato claro, completo y redactado de manera tal que permita conocer desde el inicio cuáles serán los derechos y las obligaciones de cada parte durante toda la locación.

 

La transparencia beneficia a todos.

Porque cuanto mejor se comprenden las reglas antes de firmar, menores son las posibilidades de que aparezcan conflictos durante la vigencia del contrato.

Ese es el criterio que inspira mi forma de trabajar: brindar la mayor información posible antes de celebrar el contrato, para que cada decisión pueda tomarse con claridad, confianza y previsibilidad.